Superintendencia Financiera de Colombia

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Logo de la Superintendencia Financiera de Colombia SFC

Tabla de contenido

Creada en el 2005 fruto de la fusión de dos superintendencias en 2005 la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) es el organismo encargado de supervisar y guiar el desarrollo financiero del país.

Este organismo gubernamental actúa como regulador financiero en la nación, como parte de un proceso para reorganizar el sector financiero tras décadas de hiperinflación y altos tipos de interés.

La SFC es complementaria de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), que se encarga de vigilar todas las entidades no supervisadas por aquella. La Ley 1480 del Estatuto del Consumidor menciona a ambos supervisores.

En esta entrada analizaremos este organismo, de qué se encarga, cuáles son sus funciones y cómo puedes contactarlos.

Superintendencia Financiera de Colombia: ¿de qué se encarga?

Básicamente, la Superintendencia Financiera de Colombia se encarga de proteger los legítimos intereses tanto de los consumidores como del inversor en cualquier producto financiero.

Además, la SFC tiene la importante misión de proteger a los consumidores de las prácticas desleales de las empresas y, garantizar que éstas cumplan las normativas establecidas por ella misma.

En este sentido, su trabajo consiste en dar confianza a la población, para que tengan la plena seguridad de que las entidades financieras están administrando adecuadamente sus ahorros y patrimonios.

Esta garantía la asegura exigiendo niveles de solvencia, patrimonio y colchones de conservación de capital y combinados a las entidades financieras.

Por ejemplo, en caso de que inviertas tu dinero en cualquier institución supervisada por la Superintendencia Financiera de Colombia, ya sea una aseguradora, una institución bancaria, o un gestor de pensiones, podrás tener el apoyo de este organismo estatal en caso de presentarse cualquier irregularidad.

Funciones

La principal función de este regulador es la de mantener el equilibrio económico en el país, con la finalidad de que garantice el desarrollo financiero de las empresas y de todos los colombianos.

Legalmente, según el artículo 8 del Decreto 4327, se encarga de

supervisar el sistema financiero colombiano con el fin de preservar su estabilidad, seguridad y confianza, así como promover, organizar y desarrollar el mercado de valores colombiano y la protección de los inversionistas, ahorradores y asegurados.

Lo que significa que es el responsable de supervisar los servicios financieros, proteger a los consumidores de estos productos y garantizar que se cumplan prácticas empresariales éticas.

Para ello, la Superintendencia trabaja arduamente en el cumplimiento de sus funciones, tales como:

  • Supervisar bancos, compañías de seguros y fondos de pensiones.
  • La regulación de los intermediarios de valores.
  • Realizar exámenes de cumplimiento de las entidades financieras para garantizar el cumplimiento de la normativa.
  • Velar por el cumplimiento de las leyes, reglamentos y normas nacionales e internacionales aplicables.
  • Dar formación a los consumidores y usuarios de servicios financieros.
  • Promover la educación de los inversores.
  • Apoyar iniciativas de políticas públicas que promuevan la competencia en el sector.

Misión y visión

Su misión es regular, supervisar y controlar a las entidades financieras de Colombia para que operen con integridad y transparencia.

En otras palabras, supervisa que los fondos no hayan sido malversados ​​y que cuenten con la infraestructura necesaria para que puedan cumplir sus funciones.

Dirección de Protección al Consumidor Financiero

Entre los diversos Comités y Direcciones de la SFC se encuentra la Dirección de Protección al Consumidor Financiero.

Sus 21 funciones las encontramos en el artículo 11.2.1.4.12 del Decreto 2555y aquí te extractamos las más relevantes para los consumidores y usuarios en su faceta de inversor: 

1. Ejecutar la supervisión respecto del cumplimiento a las normas de protección al consumidor financiero, conforme a las políticas, metodologías y procedimientos aprobados por el Superintendente.

3. Ejecutar la supervisión respecto del diseño y funcionamiento del Sistema de Atención al Consumidor (SAC), implementado por cada una de las entidades vigiladas por la Superintendencia.

4. Ejecutar la supervisión del cumplimiento de las funciones de los defensores del consumidor financiero de las entidades vigiladas

5. Administrar el Registro de Defensores del Consumidor Financiero.

6. Atender y resolver las reclamaciones y quejas que se presenten respecto de las entidades vigiladas por la Superintendencia.

7. Atender y resolver, dentro del ámbito de su competencia los derechos de petición, conservando la unidad de criterio de la Superintendencia.

8. Proponer al Superintendente Delegado, la autorización de las campañas publicitarias de las entidades vigiladas por la Superintendencia, cuando ello sea necesario conforme a la normatividad vigente.

9. Hacer seguimiento a las campañas publicitarias de las entidades supervisadas, con el propósito de tutelar los derechos de los consumidores financieros.

10. Proponer, ejecutar y adelantar los programas y políticas de educación, que sean autorizados por el Superintendente, dirigidos a los consumidores financieros.

19. Ejecutar la facultad sancionatoria de la Superintendencia, dentro del ámbito de su competencia.

Entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia

De acuerdo con el artículo 1 del Decreto 2555 de 2010 serán entidades vigiladas por la Superintendencia las siguientes:

  • Emisores de Valores: las entidades que tengan valores inscritos en el Registro Nacional de Valores y Emisores -RNVE.
  • Entidades aseguradoras: las compañías y cooperativas de seguros y las de reaseguros.
  • Establecimientos de crédito: Los establecimientos bancarios, las corporaciones financieras, las compañías de financiamiento y las cooperativas financieras.”.
  • Intermediarios de seguros: los corredores, las agencias y los agentes de seguros.
  • Intermediarios de reaseguros: los corredores de reaseguros.
  • Sociedades de capitalización: las instituciones financieras cuyo objeto consista en estimular el ahorro mediante la constitución, en cualquier forma, de capitales determinados, a cambio de desembolsos únicos o periódicos, con posibilidad o sin ella de reembolsos anticipados por medio de sorteos.
  • Sociedades de servicios financieros: las sociedades fiduciarias, los almacenes generales de depósito, las sociedades administradoras de fondos de pensiones y de cesantía y las sociedades de intermediación cambiaria y de servicios financieros especiales.

Contacto

Si deseas ponerte en contacto con esta institución o deseas conocer cuáles son las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, puedes hacerlo a través de cualquiera de los siguientes puntos de contacto:

  • En primer lugar, puedes visitar la página web oficial https://www.superfinanciera.gov.co/jsp/ donde podrás ver toda la información sobre esta institución, así como el listado de las empresas que cumplen con la certificación de la Superintendencia Financiera de Colombia.
  • O si lo prefieres puedes optar por enviar un email a través de la siguiente dirección   [email protected].
  • También, tienes la opción de acudir a su sede localizada en Bogotá, en la siguiente dirección: La Candelaria, Distrito Capital 111711, calle 7 No. 4-49, te atenderán en horario de 8:45 de la mañana hasta las 5:15 de la tarde de lunes a viernes.
  • Otra alternativa es llamar a su línea de atención al cliente; si estás en Bogotá puedes marcar al 5940200. Además, cuentan con una línea para llamar desde cualquier región del país, marcando al  01 8000 120 100 de forma gratuita.

Derecho comparado

La separación entre asuntos financieros (SFC) y de consumo (SIC) en Colombia, también la encontramos en otros países de nuestro entorno:

Esta separación competencial se debe a la especial relevancia de los asuntos financieros (solvencia de las entidades, protección del inversor, etc.) frente a los asuntos de Consumo habituales, que requieren reguladores muy especializados.

Marco legal

La Superintendencia Financiera de Colombia es una organización dependiente del Ministerio de Hacienda y Crédito Público de la nación, tal y como se indica en el artículo 1 del Decreto 4327 (ver normativa más abajo).

Nace en el 2005 por la unión de dos entidades (la Superintendencia Bancaria de Colombia y la Superintendencia de Valores) y desde entonces, ha habido varios cambios en la dirección de este organismo con distintos grados de éxito.

Sin embargo, desde 2016 se ha hecho mayor hincapié en mejorar su eficacia con medidas como la aplicación de nuevas tecnologías para la recopilación y el análisis de datos

Es normativa que regula la SFC Financiera de Colombia:

  • Decreto 2555 de 2010 por el cual se recogen y reexpiden las normas en materia del sector financiero, asegurador y del mercado de valores y se dictan otras disposiciones, de 15 de julio de 2010 (Ver online).
  • Ley 1328 de 2009 por la cual se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones, de 15 de julio de 2009. Reglamentada parcialmente por el Decreto Nacional 2373 de 2010. (Ver online).
  • Decreto 4327 de 2005 por el cual se fusiona la Superintendencia Bancaria de Colombia en la Superintendencia de Valores y se modifica su estructura, de 25 de noviembre de 2005 (ver online).
  • Decreto 2739 de 1991 por el cual se adecua la estructura de la Comisión Nacional de Valores a su nueva naturaleza de Superintendencia, de 6 de diciembre de 1991.

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