SSPD (Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios)

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Tabla de contenido

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) es un organismo gubernamental colombiano que regula la prestación de servicios públicos domiciliarios (domésticos) en el país.

Se fundó en 1991 como parte de una iniciativa gubernamental para crear organismos reguladores independientes para diferentes industrias, y en este caso, para mantener el control de una forma más eficiente sobre los servicios públicos domésticos en todo el país (luz, gas, agua potable y telefonía).

Conoce más a fondo todo sobre esta institución y cómo puedes hacer para contactarlos en caso de alguna queja o denuncia.

Qué son los servicios públicos domiciliarios

Según el artículo 1 de la Ley 142 de 1994 los servicios públicos domiciliarios son:

Esta Ley se aplica a los servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado, aseo, energía eléctrica, distribución de gas combustible, telefonía fija pública básica conmutada y la telefonía local móvil en el sector rural; a las actividades que realicen las personas prestadoras de servicios públicos…

Por lo tanto, la SSPD es la entidad encargada de supervisar el adecuado funcionamiento de los siguientes servicios, que tienen la consideración de servicios públicos esenciales protegidos por el Estado:

  • Energía eléctrica y distribución de gas combustible.
  • Acueducto, alcantarillado (saneamiento).
  • Servicio telefónico fijo y móvil y demás telecomunicaciones (Internet ADSL, por cable, por fibra óptica, etc.).

Estos servicios públicos esenciales se prestan en el ámbito municipal por empresas de servicios públicos de carácter oficial, privado o mixto. O directamente por la administración central del respectivo municipio en algunos casos.

La citada Ley 142 y la Constitución política reservan a la Nación la intervención de estos servicios por varios motivos. El artículo 2 los detalla:

El Estado intervendrá en los servicios públicos, conforme a las reglas de competencia de que trata esta Ley, en el marco de lo dispuesto en los artículos 334, 336, y 365 a 370 de la Constitución Política, para los siguientes fines:

2.1. Garantizar la calidad del bien objeto del servicio público y su disposición final para asegurar el mejoramiento de la calidad de vida de los usuarios.

2.2. Ampliación permanente de la cobertura mediante sistemas que compensen la insuficiencia de la capacidad de pago de los usuarios.

2.3. Atención prioritaria de las necesidades básicas insatisfechas en materia de agua potable y saneamiento básico.

2.4. Prestación continua e ininterrumpida, sin excepción alguna, salvo cuando existan razones de fuerza mayor o caso fortuito o de orden técnico o económico que así lo exijan.

2.5. Prestación eficiente.

2.6. Libertad de competencia y no utilización abusiva de la posición dominante.

2.7. Obtención de economías de escala comprobables.

2.8. Mecanismos que garanticen a los usuarios el acceso a los servicios y su participación en la gestión y fiscalización de su prestación.

2.9. Establecer un régimen tarifario proporcional para los sectores de bajos ingresos de acuerdo con los preceptos de equidad y solidaridad.

Y el artículo 4 los incluye a todos en el rubro de servicios públicos esenciales.

Superintendencia de Servicios Públicos domiciliarios

La SSPD se encarga de garantizar que los servicios prestados por las empresas y profesionales del sector, sean seguros, confiables y acordes con la normativa vigente.

También se encarga de promover la competencia entre proveedores, garantizando que los consumidores tengan acceso a una amplia gama de precios y servicios.

Adicionalmente, vela porque los clientes reciban información clara sobre cuáles son sus derechos y, también es el encargado de que las empresas presten un servicio de calidad, estableciendo normas y supervisando minuciosamente cada servicio domiciliario.

Funciones

Esta institución cumple con las siguientes funciones.

  • En primer lugar, como ya vimos, cumple la función de supervisar que todos los servicios públicos cumplan con las normas legales.
  • Adicionalmente, promueve la competencia en el mercado, asegurando un trato justo a los consumidores, productores y proveedores de bienes y servicios.
  • También, promueve el uso eficiente de los recursos, regulando los servicios públicos y las empresas energéticas. Para ello, controla la adecuada prestación del suministro eléctrico, agua, la recogida de basuras, los servicios de limpieza, los sistemas de seguridad, etc.
  • Impulsa la transparencia en sus procesos de gestión mediante políticas y procedimientos de gobierno abierto.
  • Cumple con la función de expedir licencias a las empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios. Además, vigila el cumplimiento de las normas relacionadas con estas licencias y hacerlas cumplir cuando sea necesario. Y en caso de incumplimiento, tiene el poder de aplicar sanciones.
  • Otorga subsidios a los hogares de bajos ingresos que no pueden pagar las facturas de servicios públicos.
  • Verifica que las empresas dispongan de medidas de seguridad adecuadas y, además, que dispongan de un personal capacitado, que cuenten con todo el equipo necesario para el cumplimiento de sus funciones.
  • Por último, promueve la protección de los consumidores, informándoles de sus derechos y asesorándoles sobre cómo ejercerlos eficazmente.

Misión y visión

Su principal misión es promover el desarrollo y fomento de la competencia leal en la industria, proporcionando información fiable sobre los servicios prestados por los proveedores de servicios.

Así como proteger a los consumidores contra los riesgos asociados a su uso.

Marco legal

Esta institución trabaja bajo la dependencia del Departamento Nacional de Planeación y sus funciones se encuentran señaladas en la Ley 142 de 1994.

  • Decreto 1547 de 2022 que modifica unas funciones en la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
  • Decreto 1369 de 2020 que modificó la estructura de la entidad y derogó los decretos 990 de 2002 y 2590 de 2007.
  • Ley 142 de 1994 Por la cual se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones de 11 de julio de 1994 (ver online).

Contacto SSPD 

Para realizar cualquier consulta referente a los servicios domésticos, La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios pone a la orden cualquiera de sus medios de contacto.

De modo que si deseas realizar, alguna pregunta, reclamo o asesoría, puedes utilizar cualquiera de las siguientes opciones:

Oficinas

Acude a cualquiera de sus sedes distribuidas por todo el país. Si te encuentras en Bogotá, puedes acudir a su oficina central ubicada en carrera 18 número 84-35 en Bogotá.

Por teléfono

Llamar a su línea de atención 6913006 – 01-8000-910305 en el siguiente horario: de lunes a viernes desde la 7 de la mañana hasta las 4 de la tarde y los días sábados desde las 8 a.m hasta las 12 p.m.

Por correo electrónico

O, también, puedes enviar un correo electrónico a la siguiente dirección de email:

Consumoteca

Consumoteca Colombia es una iniciativa de Juan del Real Martín para hacer tu vida como consumidor o usuario más fácil y ayudarte a elegir bien. En nuestros contenidos y comentarios a pie de post, te ofrecemos consejos y experiencias de otros consumidores para que no te pase a ti lo mismo, muy poca publicidad, la suficiente para mantener viva esta Comunidad de consumidores y un lenguaje de la calle, sin enredos ni terminología de expertos profesionales.

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